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Europa dice "NO" al descanso semanal ordinario en el camión
Prohíben que el descanso semanal de las 45 horas mínimas se realicen en el camion.
A finales de 2014 se estableció una ley sobre los tiempos de conducción y los descansos que deben realizar todos los camioneros profesionales de la Unión Europea, para obtener una cierta calidad de vida. Con multas de hasta 30.000€ en caso de incumplimiento de dicha ley.
Todo ha sucedido, cuando una empresa transportista, ha justificado la estancia del camionero dentro del camión, conforme estaba en la cabina por lo tanto estaba descansando y contabilizan como horas de descanso. Un pequeño detalle que estaba al borde de la ley.
La Abogacía General del Tribunal Europeo ha emitido un comunicado, informando que el Reglamento Europeo 561/2006 debe interpretar en el sentido, que un tiempo de descanso semanal ordinario, no se puede realizar dentro del propio vehiculo.